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Oficina para la Defensa de los Derechos

de las Personas con discapacidad

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Saluda Oficina para la defensa

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Se encuentra Vd. visitando la página Web de la Oficina para la defensa de los derechos de las personas con discapacidad en Extremadura.

Adscrita a la Fundación para la Promoción y Apoyo a las personas con discapacidad (FUTUEX), actúa de forma autónoma y cuenta con la colaboración y promoción de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura, que promoverá que el resto de las Consejerías que integran la Administración Autónoma colaboren de igual modo en la consecución de los objetivos perseguidos.

Las personas con discapacidad son “sujetos” de derechos humanos, y éste es nuestro principal objetivo; fomentar una mayor toma de conciencia sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Igualmente pretendemos ser un recurso instructivo de autoayuda y apoyo en situaciones de perjuicio o vulneración de sus derechos; bien con el asesoramiento de ayuda o como servicio de gestión especializado, puesto a disposición de forma gratuita, y todo ello en consonancia con las exigencias de la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

En esta página web podrá ver el procedimiento para formular o exponer sus quejas o consultas, pudiendo también realizarse mediante correo ordinario, servicio telefónico o vía e-mail, recibiendo puntual información o asesoramiento.

A continuación, reproducimos los principios en que se inspira la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, indicados en su artículo 3:

Los principios de la presente Convención serán:

  1. El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias deci¬siones, y la ndependencia de las personas; 
  2. La no discriminación; 
  3. La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; 
  4. El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas; 
  5. La igualdad de oportunidades; 
  6. La accesibilidad; 
  7. La igualdad entre el hombre y la mujer; 
  8. El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a pre¬servar su identidad. 

La Convención, aprobada por el Asamblea General de la ONU en diciembre de 2006, fue ratificada por España por Instrumento de ratificación de la Jefatura del Estado publicado en el BOE de 21 de abril de 2008 y entró en vigor el 3 de mayo de este mismo año. Desde esa fecha la Convención forma parte, a todos los efectos, del Ordenamiento jurídico español en virtud de lo dispuesto en el art. 96.1 de la CE: “Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional”.

Esperando que podamos serle de ayuda, reciba un cordial saludo en nombre de todo el equipo humano de la Oficina.
 

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