Simbolo de videodescripcion
Imagen del logotipo de Futuex

Fundación para la Promoción y Apoyo

a las Personas con discapacidad

Imagen del logotipo de la Oficina para la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Extremadura
Inicio Comunicación Normativa Disposición BOE sobre régimen electoral general

Disposición BOE sobre régimen electoral general

E-mail Imprimir PDF
diggfacebooktwitter

A destacar, la referencia a las personas ciegas o con discapacidad visual en su artículo 31:

"No obstante, el Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, regulará un procedimiento de votación para las personas ciegas o con discapacidad visual que les permita ejercer su derecho de sufragio, garantizando el secreto del voto, que se aplicará, en todo caso, a las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, a las elecciones al Parlamento Europeo y a los supuestos de referéndum."


JEFATURA DEL ESTADO: Régimen Electoral General.

Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

BOE Núm. 25, de 29 de enero de 2011.

 

Buscar

Video descripción

Video descripción desactivada. Haga clic aquí para activarla.
Video descripción activada. Haga clic aquí para desactivarla.

Agenda

Noviembre 2024
L M X J V S D
28 29 30 31 1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 1

Entidades Colaboradoras


En futuex.es utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, consultando nuestra política de cookies.

Acepto las cookies de este sitio.