Hoy.es.- El texto que entrará finalmente en vigor establece que el requisito sólo sería requerido en casos excepcionales.
El pleno del Senado da luz verde esta semana una proposición de Ley de Reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria para evitar que las personas con discapacidad visual y auditiva, así como otras discapacidades, tengan que pedir un informe médico para casarse. De esta forma, se corrige la modificación introducida en el artículo 56 del Código Civil, que iba a exigir este requisito a las personas con discapacidad a partir del 30 de junio de 2017.
El cambio se opera sobre el artículo 56 del Código Civil, modificado en 2015 a través de la mencionada Ley de Jurisdicción Voluntaria mediante un cambio llevado a cabo por el PP y que recogía un paquete de reformas del Código Civil y el Registro Civil, pero que no entraban en vigor hasta el verano de este año. Además, de subsanar este error, la Cámara Alta ha decidido prorrogar un año más la aplicación de este paquete de reformas, hasta el 30 de junio de 2018.
En todo caso, antes de decidir su retraso en la aplicación un año más, el colectivo de personas con discapacidad dio la voz de alarma al encontrar en este paquete de reformas un artículo discriminatorio. Por ello, los grupos políticos se apresuraron a tramitar el cambio para hacerlo efectivo antes de la efectiva aplicación de la reforma, que finalmente se va a retrasar un año más.
El texto que entrará finalmente en vigor establece que el requisito de certificado médico sólo sería requerido en casos excepcionales. Así, la Comisión de Políticas de Discapacidad del Senado aprobó el pasado 30 de mayo el dictamen de la ponencia sobre la reforma de esta ley. El texto de la ponencia, al que se han incorporado cinco enmiendas, se debatirá en el Pleno del Senado y volverá de nuevo al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva.
"Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el secretario judicial, notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento", rezaba el texto finalmente cambiado.
Todos los grupos valoraron que se trata de una normativa que "ataca de forma flagrante" la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España hace una década y han afeado al PP "esta chapuza". "Corregimos una discriminación histórica, que viene heredada del Código Civil del siglo XIX, pero que no habíamos abordado ninguno. Ni el Grupo Popular ni ningún otro", defendió durante el debate la senadora del PP Sofía Acedo, para añadir que esta reforma legislativa busca "favorecer el matrimonio de personas con discapacidad para que estén en igualdad de condiciones que el resto".
La Comisión de Políticas de Discapacidad del Senado apoyó el texto aprobado por unanimidad en el Congreso, que establece que "en casos excepcionales" se recabará dictamen médico sobre la aptitud del contrayente para prestar el consentimiento y limita esas excepciones a situaciones en los que "alguno de los contrayentes presente una condición de salud que, de modo evidente, categórico y sustancial, pueda impedirle prestar el consentimiento matrimonial pese a las medidas de apoyo".
Sobre este extremo se discutió en la Cámara alta después de que ERC defendiera, a través de una enmienda, que una discapacidad mental, intelectual, psíquica o sensorial "no afecta a la actitud de una persona para comprender el significado del matrimonio y aceptar su consentimiento al mismo", a lo que el senador socialista Nemesio de Lara contestó que esto es "muy matizable".
Apellido paterno
Por otro lado, al haber introducido una nueva vactio legis de un año a las reformas operadas en el Código Civil y el Registro Civil, el Senado retrasará un año, hasta el 30 de junio de 2018, el fin de la preferencia del apellido paterno sobre el materno, que forma también parte de este paquete de reformas. En principio, su estrada en vigor estaba prevista para el 30 de junio de este año.
Esta nueva prórroga, que en principio el PP quería extender hasta 2019, se justifica desde las filas 'populares' por "la complejidad y el cambio absoluto" respecto al modelo anterior del Registro Civil, "que conlleva necesariamente un periodo de implementación tanto desde el punto de vista estructural y organizativo, a los efectos de dotación de medios materiales, provisión de plazas y formación de personal, así como desde el punto de vista tecnológico". Además, achacan la imposibilidad de haber llevado a cabo esta adaptación en el plazo inicialmente marcado a la disolución parlamentaria en coexistencia con un Gobierno en funciones. Estas condiciones, según señalan, "limitaron la viabilidad y redujeron de facto el plazo" para la puesta en marcha del nuevo modelo de Registro Civil.
La introducción de una nueva prórroga en la entrada en vigor de estas reformas también hace que la validez civil de los matrimonios celebrados por los ritos islámico, judío y evangélico, se retrase también un año, hasta el 30 de junio de 2018.